AL DIA CON INMIGRACION: Visas H1B
lunes, 4 junio 2012Category: Inmigración
La ley permite a los empleadores presentar 85000 visas H-1B para profesionales extranjeros cada año fiscal. Este año, el USCIS comenzó a aceptar H-1B peticiones sujetas al límite numérico a partir del Lunes, 02 de abril para los trabajadores que estén autorizados a iniciar sus trabajos a principios de 2013 año fiscal del gobierno, que comienza el 01 de octubre 2012.
De las 85 mil visas H-1B, 20000 están reservadas para las personas en posesión de un grado avanzado de una universidad en los EE.UU. El año pasado, se agotaron las 20.000 visas el 28 de octubre, mientras que las 65 mil se agotaron en menos de un mes, el 22 de noviembre . Como en años anteriores, vamos a realizar un seguimiento del número de visas H-1B aprobadas por el USCIS sobre una base regular.
Exhortamos a los empleadores cuyos empleados están sujetos a límites numéricos para que presenten sus peticiones a principios de abril para asegurarse de que los números estarán disponibles.
Cambios de tarifas de Visa - El 29 de marzo, el Departamento de Estado emitió un aviso público informando que determinadas tasas de visado se han cambiado. La tarifa de solicitud de H, L, O, P, Q y R visas de no inmigrante se incrementará de $ 150 a $ 190. Las tarifas de aplicación para la mayoría de los no basados en la petición-visas de no inmigrante se incrementará de $ 140 a $ 160. La cuota para el empleo basada en el procesamiento de solicitud de visa de inmigrante se reducirá a $ 405 de $ 720. Basadas en la familia las tasas de solicitud de visa de inmigrantes será $ 230 . El costo de las aplicaciones de visa de residencia presentadas por individuos seleccionados en la Lotería de Visas se reducirá de $ 440 a $ 330. Los comentarios públicos sobre la nueva estructura tarifaria podrán presentarse hasta el 29 de mayo 2012-. Si estas tarifas son aprobadas regiran en las Embajadas y en el Centro Nacional de Visas. Es importante que se informen antes de ir a la entrevista sobre el monto correcto a pagar.
USCIS Propone Proceso de cambio de ciertas exenciones de inadmisibilidad El 30 de marzo, el USCIS publicó un Aviso de Propuesta de Reglamentación en el Registro Federal que reduce la cantidad de tiempo que los ciudadanos tienen que pasar separados de sus cónyuges, que deben obtener una visa de inmigrante en el extranjero. Esta regla permitiría a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses para solicitar exenciones “provisional” de 3 y 10 años de barrera de presencia ilegal en los Estados Unidos. La norma propuesta no modificaría la forma como USCIS determina la elegibilidad para una renuncia de inadmisibilidad o de las normas para demostrar la “dificultad extrema” para el cónyuge ciudadano. La USCIS exhorta al público a presentar comentarios sobre la regla propuesta. El período de comentarios se extiende desde 02 de abril hasta el 1 de junio.
Residencia Permanente:
Una persona que califica para ser un residente permanente puede solicitar una tarjeta verde sin salir de los Estados Unidos. Este proceso se llama “ajuste de estatus”. En la mayoría de los casos, la ley exige que para ser elegible para solicitar ajuste de estatus, una persona debe haber entrado a los EE.UU. legalmente y no haber violado su estatus migratorio. El ajuste de estatus se rige por lo dispuesto en el artículo 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad-.
En general, las siguientes condiciones deben cumplirse:
- la persona debe haber sido inspeccionado y admitido en los Estados Unidos,
- la persona debe presentar un formulario I-485 a USCIS,
- una visa de inmigrante deben estar disponible inmediatamente a la persona en el momento en que la solicitud sea enviada
- la persona debe ser admisible a los Estados Unidos
La persona debe haber entrado en los EE.UU. a través de un puesto de control de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) ,en un aeropuerto, el cruce de fronteras, u otro puerto de entrada. El funcionario de aduanas debe tener una “oportunidad plena y justa” para llevar a cabo la inspección antes de que el individuo puede ser considerado “inspeccionado”. Esto no siempre es fácil de determinar. Por ejemplo, alguien que entra sobre la base de una reclamación falsa intencional de ciudadanía de EE.UU., independientemente de la forma de entrada, no ha sido “inspeccionado” a los efectos del ajuste de estatus. Sin embargo, una persona que se presenta a sí mismo para su inspección por un oficial como pasajero en un vehículo se considera “inspeccionado”, incluso si el oficial no interroga a cualquier persona en el carro o no sea el conductor. Por lo general, una forma I-94 de llegada / salida y / o un sello en el pasaporte del USCIS es una prueba suficiente de la inspección y la admisión. Sin embargo, una declaración jurada o una copia del boleto de avión puede ser utilizado en un sello I-94 o si la admisión no se emite.
En la próxima entrega continuaremos con los requisitos para la I-485. Síganos en twitter @abogadaburgos. Contacte nuestras oficinas desde Venezuela al 212 7713040.
Maria Trina Burgos











